CAMBIOS-NORMATIVA-INSTALACIONES-RENOVABLES

CAMBIOS NORMATIVA INSTALACIONES RENOVABLES VS REALIDAD LOCAL

A primeros de este mes de noviembre, la Comisión europea manifestó su voluntad de llegar a un acuerdo para modificar alguno de los requisitos administrativos sobre instalaciones de renovables, (independientemente de tamaño y fin, autoconsumo o no), con el objeto de acelerar la realización de instalaciones y facilitar al consumidor un acceso a fuentes de energía más baratas.

En estos últimos días, el Consejo de Ministros europeo materializa esa voluntad en un pre acuerdo sobre el reglamento que deberá estar redactado en diciembre de este año.

A falta de la redacción final, sí parece que las medidas que se fijen serán temporales, (se habla de un año), y que van encaminadas a que muchas solicitudes pasen a autorizarse por silencio administrativo positivo en tres o seis meses, dependiendo del asunto del que se trate.

Además, se hace especial hincapié en aquellos proyectos que ahora necesitan un informe de no impacto medioambiental y en autorizaciones para determinadas instalaciones de renovables.

Efectivamente parece lógico que, algunos proyectos no necesiten declaración de no impacto medioambiental si van a instalarse en estructuras ya existentes, por ejemplo.

Todo lo anterior, insistimos a falta de que el reglamento tenga su redacción definitiva.

 

CAMBIOS NORMATIVA INSTALACIONES RENOVABLES Y  FALTA DE ARMONIZACIÓN

 

En nuestro blog del pasado 2 de noviembre, (INSTALACIONES AUTOCONSUMO FOTOVOLTAICO.  DE DÓNDE VENIMOS Y MARAÑA ADMINISTRATIVA), comentábamos la falta de armonización de requisitos, en todos los niveles de la administración,  para las instalaciones fotovoltaicas que hace que, este tipo de normativas, finalmente puedan quedar o  queden en papel mojado a efectos prácticos.

Toda vez que terminan chocando con ordenanzas municipales y la falta de formación de algunos funcionarios o empleados locales que, si bien tratan de suplir en algunas ocasiones esta con voluntad al final no se consigue.

No olvidemos que, con independencia de las normativa europea, nacional o autonómica en el punto clave de las licencias de obra es el ayuntamiento el que establece su normativa y ésta, en muchas ocasiones, no está acorde con normativas de otros niveles de la administración, (por ejemplo la licencia de obras que la comunidad autónoma correspondiente fija se tramite como declaración responsable y el ayuntamiento establece sea por solicitud al uso).

 

Más información: IngenieriaBabieca2010